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Los derechos de los trabajadores privados de libertad

Redacción Protección Laboral14/06/2017
Cuando se relaciona privación de libertad con trabajo, la construcción del por parte de prisioneros republicanos y presos de guerra es, en España, posiblemente el tema más polémico. Según el historiador Juan Pablo Fusi, los presos trabajaban allí para poder redimir su pena. Los contratistas pagaban al estado un tercio menos que a un trabajador libre y una muy pequeña parte de ese dinero iba a la cartilla a nombre del preso. Esta fue la situación de hasta 20.000 presos que, según algunos de sus testimonios, tuvieron que trabajar en duras condiciones e incluso con peligro de muerte. Es cierto que existen otras versiones sobre la verdadera dureza y peligrosidad del trabajo. Aun así, el escenario donde empresa y estado rentabilizan la situación de los presos sigue siendo muy parecida.



¿Cómo ha evolucionado el trabajo en prisión?


Actualmente, la Institución Penitenciaria de España permite a los reclusos la posibilidad de trabajar con remuneración y derecho a cotización. Su actividad se considera una relación laboral de carácter especial por el Estatuto de los Trabajadores y cuentan con afiliación al régimen general de la Seguridad Social así como estar amparados por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Los espacios de trabajo se llaman “talleres productivos” y contemplan dos modalidades: por cuenta de la Entidad Estatal de Trabajo Penitenciario y a través de marcos de colaboración con empresas privadas. En cuanto al salario, en palabras del BOE: “se determinará en función del rendimiento normal de la actividad de que se trate y del horario de trabajo efectivamente cumplido”. Asimismo, para calcularlo “se tomará como referencia el salario mínimo interprofesional vigente en cada momento, de tal manera que el salario resultante se fijará proporcionalmente al número de horas realmente trabajadas y al rendimiento conseguido por el trabajador”.

El trabajo productivo también permite a los reclusos reducir su condena, además de ayudar a su reinserción a la vida fuera de la cárcel. Los talleres penitenciarios intentan recrear una atmósfera y clima laboral lo más parecidas posible a uno fuera de prisión, afirman en la web de la Institución Penitenciaria. Muchos presos, por lo tanto, se acogen a la oportunidad de aprovechar su tiempo, formarse laboralmente y acortar su pena.

Pero…


Al tratarse de una “relación especial de los internos en los centros penitenciarios”, no se aplica a los presos el mismo Estatuto de Trabajadores, sino un decreto que deja demasiado por concretar y que algunas empresas aprovechan como fuente de mano de obra barata. Por ejemplo, el único contrato posible es de obra y servicio y la mayoría de éstos son a tiempo parcial. Los reclusos tampoco podrán negociar un salario y los horarios se fijan de manera unilateral desde la propia dirección de la prisión.

Al tomar de referencia el SMI (que no fijándolo) pero relacionándolo con el número de horas trabajadas y la productividad, el sueldo final acaba siendo escaso. Según cálculos de la Asociación Pro-Derechos Humanos de Andalucía (APDHA), los internos pueden acabar cobrando sólo 50 céntimos por hora. Entre 80 € y 300 € mensuales es la cantidad que acostumbran a sumar, afirman. Además, al no tener los reclusos ningún control sobre las piezas que realizan, no pueden saber lo que cobran por cada una.

CCOO también reclama una regulación más garantista para evitar que se trabaje “en condiciones casi esclavistas”. Añade que este tipo de acuerdos facilitan una relación productiva en la que el empresario intente obtener la máxima plusvalía posible, además de ser un caso de competencia desleal.

Recordemos que estamos en una etapa en que muchos trabajadores no privados de libertad también acaban viendo sus derechos vulnerados: trampas en los contratos, horas extra no remuneradas, convenios de formación que esconden una verdadera actividad laboral… No debe extrañarnos que la situación de los presos pueda ser mucho peor. Y, por favor, recordemos también que el trabajo durante la estancia en prisión es un plan con voluntad de reinserción social y laboral. Que no debería utilizarse como un castigo ni como vía para que las empresas aumenten sus beneficios a costa del trabajo mal pagado.

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